A menudo poseemos el certificado de discapacidad, pero no tenemos muy claro para que sirve y en que nos beneficia.

A continuación os voy a explicar que ventajas tendreis dependiendo del grado de discapacidad que dispongáis.

El Certificado del Grado de Discapacidad que posee una persona, es un documento que acredita la discapacidad del titular a efectos administrativos.

Puedes saber como se clasifican los diferentes grados de discapacidad pinchando aquí.

Y si deseas saber como solicitar el certificado de discapacidad pincha aquí. 

Dependiendo del grado de discapacidad que se determine podrás optar a una serie de ventajas y beneficios. 

Entre los beneficios que pueden obtener las personas que hayan sido calificadas con discapacidad, se encuentran los siguientes: 

BENEFICIOS DISCAPACIDAD DEL 65% O MÁS:

  • Pensión contributiva:

    • Prestación económica por invalidez.

    • Incremento del 50% en la cuantía económica si tiene un 75% del grado de discapacidad y 15 o más puntos en tercera persona.

  • Abono social de telefónica con discapacidad del 65%:

    • Reducción de la cuota de instalación y abono para pensionistas por incapacidad que no superen la renta establecida

BENEFICIOS DISCAPACIDAD DE 33% Y 65%:

  • Prestación familiar por hijo a cargo:

    • Prestación económica hasta los 18 años, con el 33% y de 18 en adelante con el 65% (con un incremento del 50% en la cuantía económica si tiene un 75% del grado de discapacidad y 15 o más puntos en tercera persona).

Beneficios y derechos de la discapacidad

BENEFICIOS DISCAPACIDAD DE 33% O MÁS:

LISMI (Ley de Integración social del minusválido):

  • Asistencia sanitaria y farmacéutica.

  • Rehabilitación.

  • Garantías de ingresos mínimos (65%) y ayuda tercera persona (75%).

  • Subsidio de movilidad y/o compensación de gastos de transporte.

Beneficios fiscales en el IRPF:

  • Desgravación de la renta familiar por diversos conceptos.

  • Reducción IRPF para personas trabajadoras con discapacidad.

  • Deducciones adquisición a la vivienda.

  • Planes de pensiones.

Reducciones o exenciones de tasas y/o impuestos:

  • Sucesiones y donaciones.

  • Transmisiones patrimoniales.

  • Actos jurídicos documentados.

  • Impuesto de sociedades.

  • Aplicación de tipos de IVA reducidos o superreducidos a personas con movilidad reducida.

 Impuestos municipales:

  • Bonificaciones en pago de determinados impuestos, como el IBI, tasas de basura, agua y alcantarillado.

  • Reducción y exenciones en tasas por licencia de obras que favorezcan la accesibilidad, si conllevan fomento de empleo. 

Vivienda:

  • Reserva para el alquiler y la adquisición de viviendas protegidas.

  • Ayudas a la eliminación de barreras.

Educación:

  • Puntuación para acceso a colegios públicos o concertados y en Escuelas Infantiles.

  • Becas de educación especial.

  • Ayudas de libros de texto.

  • Ayuda al transporte.

  • Ayudas de comedor.

  • Ingresos en centros específicos.

  • Programas de Garantía Social.

  • Programas de formación para la transición a la vida adulta.

  • Exención del pago de tasas en la Universidad.

  • Reserva de plazas de acceso a la Universidad.

  • Programas de Apoyo y reserva de habitaciones o pisos tutelados.

Ayudas y prestaciones para personas con discapacidad

Empleo:

  • Programas europeos de formación y empleo.

  • Ayudas al autoempleo.

  • Demanda de empleo por discapacidad.

  • Reserva del 2% en empresas con más de 50 trabajadores.

  • Ayudas a empresas privadas por la contratación laboral y subvención por creación de puesto de trabajo y por adaptación al puesto.

  • Derecho a reserva de cupo para oposiciones y empleo público, adaptación de tiempo y medios para la realización de exámenes.

  • Reducción y exenciones de cuotas de inscripción en procesos selectivos públicos.

  • Jubilación anticipada con el 65% un año antes por cada cuatro años trabajados.

  • Ayuda económica por reducción de la jornada laboral.

  • Aumento de la suspensión del contrato por nacimiento de hijo.

Centros específicos:

  • Centros de día, viviendas apoyadas y tuteladas y residencias.

Actuaciones en favor de familia numerosa:

  • Carné de Familia Numerosa.

  • Eliminación del límite de edad a los 21 años.

  • Reducción del nº de hijos a dos, si uno de ellos tiene más del 33% de grado de discapacidad, o si ambos padres tienen 33% o uno de ellos un 65%.

Vehículos:

  • Reducción y/o exención del impuesto de matriculación.

  • Exención del impuesto municipal de circulación.

  • Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

  • Reducción del IVA para la adquisición y reparación del vehículo.

  • Ayudas a la adquisición y adaptación del vehículo para personas con movilidad reducida.

Ayudas individuales:

  • Ayuda a domicilio.

  • Atención personal.

  • Ayudas económicas, según: Gerencia de Servicios Sociales. Fundación ONCE. Ayuntamientos (eurotaxi, piscinas, etc).

Ayudas mutualidades:

  • Ayudas económicas.

  • Ayudas a domicilio.

  • Ingreso en centros.

Otros beneficios:

  • Renta Activa de Inserción.

  • Pago único por nacimiento de hijo con 33%.

  • Exención del pago de tasas para las licencias de caza y pesca.

  • Tarjeta dorada de RENFE.

  • Servicio de Intérprete de Lengua de signos.

  • Protección Jurídica.

  • Planes y fondos de pensiones.

Espero que os haya gustado o parecido interesante este artículo, en tal caso no dudéis en compartirlo con otros Titanes que penséis que les puede servir de ayuda, para así poder dar visibilidad a esta información entre todos y ayudar a más Gente Titánica.

Aunque esta información ha sido revisada y contrastada, el contenido es meramente orientativo y no tiene valor terapéutico ni diagnóstico.

Desde Somosdisca te recomiendo que, ante cualquier duda relacionada con la salud, acudas directamente a un profesional médico del ámbito sanitario que corresponda.

 

Fuente: www.somosdisca.es

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