El otro día os explicábamos todos los tipos de contrato que existen y las ventajas que existen el contratar a alguien con discapacidad.
Pero aún hay muchas barreras a derribar que nos dicen que un queda mucho por hacer a la hora de hablar de igualdad de oportunidades en el acceso al mercado laboral.
En nuestro país ya sabeis que muchas veces las normativas y convenios dependen de las comunidades autónomas, por eso hoy te de detallo por comunidades.
Tan sólo tienes que pichar en la comunidad autónoma que te interese y te aparecerá toda la información.
Andalucía
Contrataciones indefinidas y transformación en indefinidos de contratos temporales |
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Tipos de incentivos |
a) Ayuda por contratación indefinida y por transformación de con- tratos temporales en indefinidos. b) Ayuda para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo a la contratación indefinida Incentivo a la transformación en indefinidos |
Ayuda a la contratación indefinida y transformación de contratos temporales en indefinidos: |
a) 4.750 euros por cada contratación indefinida de trabajadores con discapacidad desempleados. b) 3.907 euros por cada transformación de un contrato de dura- ción determinada en indefinido. En caso de que el contrato se celebre a tiempo parcial, el importe del incentivo se reducirá proporcionalmente a la jornada realizada. Límites de los incentivos: riodo de un año siguiente a la contratación. b) Los puestos de trabajo creados, salvo en los supuestos de despido procedente, deben estar vinculados a la realización de una contra- tación con una duración mínima de 24 meses. |
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Ayudas en caso de contratación de jóvenes menores de 30 años: |
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• 6.000 euros por cada contratación indefinida o transformación del contrato inicial en indefinido de trabajadores jóvenes con discapaci- dad titulares de un Bono de Empleo Joven. • 6.000eurosporcadacontrataciónindefinidadetrabajadoresjóvenes con discapacidad beneficiarios de la Iniciativa Prácticas Profesiona- les en empresas, siempre que la contratación se realice en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de la práctica profesional. El contrato debe mantenerse ininterrumpidamente por un periodo mí- nimo de 12 meses y celebrarse a jornada completa. |
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Ayuda a la contratación indefinida y transformación en indefinido de contratos temporales, celebrados con mayores de 45 años: |
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7.500 euros por cada contratación indefinida de personas con disca- pacidad, desempleadas de larga duración, cuyo desempleo esté moti- vado por un despido colectivo en la industria manufacturera localizada en el territorio andaluz o en la desaparición jurídica del contratante. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Título II de la Ley autonómica 2/2015, de 29 de diciembre. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Incentivos para los centros especiales de empleo |
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Tipos de incentivos |
1. Incentivos a la creación de empleo indefinido y al mantenimiento de puestos de trabajo ya creados
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Incentivo a la creación de empleo indefinido y al mantenimiento de puestos de trabajo ya creados |
• En el caso de nuevas contrataciones con carácter indefinido así como las transformaciones de contrato de duración determina- da en indefinidos que se realicen en los CEE y beneficien a perso- nas trabajadoras con discapacidad, el incentivo puede ser de hasta 12.021 euros. Cuando las nuevas contrataciones o transformacio- nes, se efectúen a tiempo parcial el incentivo se reducirá proporcio- nalmente a la jornada. • El incentivo por el mantenimiento de puestos de trabajo ocupa- dos por personas con discapacidad en los CEE, sean los contratos de trabajo a tiempo completo o parcial , así como indefinidos o de duración determinada, puede alcanzar una cuantía equivalente, de hasta el 50% del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de presentación de la solicitud. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 23 Decreto autonómico 149/2005. |
Incentivos para la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras |
La cuantía del incentivo podrá alcanzar: to de eliminación de barreras arquitectónicas. • 1. 804 euros en el supuesto de adaptación de puestos de trabajo. En ningún caso el importe de la ayuda pueda superar el necesario para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivos a las unidades de apoyo a la actividad profesional |
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Incentivos al establecimiento de enclaves laborales |
Las empresas colaboradoras que en cualquier momento contraten con carácter indefinido a personas trabajadoras del enclave laboral tendrán derecho a los siguientes incentivos: • Ayuda de hasta 7.814 euros por cada contrato a tiempo comple- to, o la parte proporcional si el contrato es a tiempo parcial. • Las ayudas por adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas serán iguales que las previstas para los su- puestos en que no se exige el establecimiento de un enclave laboral. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 27 Decreto autonómico 149/2005. |
Incentivos al trabajo autónomo |
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Características |
Incentivos para el inicio de la actividad profesional o empresarial |
Incentivos al trabajo autónomo |
Los trabajadores que realicen una actividad profesional o empresarial como trabajadores autónomos por primera vez podrán percibir las si- guientes subvenciones:1. Subvención de 5.000 euros para hombres desempleados con dis- capacidad.2. Subvención de 5.500 euros para mujeres desempleadas con dis- capacidad.En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 63 Ley autonómica 2/2015. |
Aragón
Contratación indefinida |
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Tipos de incentivos |
• Subvención por contratación indefinida. |
Incentivo a la por contratación indefinida |
• Subvención de 5.000 euros por cada contrato indefinido celebra- do. • Dicha cuantía puede incrementarse hasta un límite máximo de 6.000 euros en los siguientes casos:
Cuando el contrato a tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención se reducirá en la misma proporción que la jornada. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 1.200 euros para la adaptación del puesto de trabajo. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Transformaciones de contratos de duración determinada en indefinidos |
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Tipo de incentivo |
Subvención por transformación en indefinidos de contratos tem- porales de fomento del empleo, en prácticas, para la formación y el aprendizaje o interinidad. |
Requisitos |
En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incenti- vos, ver art. 7 Orden EIE/608/2016. |
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Incentivo por transformación en indefinido |
• Subvención de 5.000 euros por cada contrato indefinido celebra- do. • Dicha cuantía puede incrementarse hasta un límite máximo de 6.000 euros en los siguientes casos:
c) Cuando el contrato a tiempo indefinido se concierte a tiempo par- cial, la subvención se reducirá en la misma proporción que la jorna- da. d) Si el contrato temporal ya hubiera sido objeto de subvención, la subvención por transformación del contrato en indefinido se redu- cirá en una cantidad equivalente al importe concedido por la con- tratación temporal. |
Contratación temporal de fomento de empleo |
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Tipos de incentivos |
a) Subvención por contratación mediante el contrato temporal de fomento del empleo de trabajadores con discapacidad. b) Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
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Incentivo por contratación temporal |
Cuando la contratación se efectúe a tiempo parcial, el importe de las subvenciones se reducirá en la misma proporción que la jornada. |
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Requisitos |
a) La duración del contrato debe ser de al menos 12 meses. b) La jornada de trabajo puede ser completa o a tiempo parcial, pero nunca inferior al 50% de la jornada ordinaria en la empresa. En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incenti- vos, ver art. 8 de la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 1.200 euros para la adaptación del puesto de trabajo ocupa- do por el trabajador con discapacidad contratado mediante contra- tos de duración determinada para el fomento del empleo, siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses. Otras contratacio- nes que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Asturias
Contrataciones indefinidas / transformación en indefinidos |
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Tipos de incentivos |
Subvención por contratación indefinida o por transformación en in- definido de contratos temporales. |
Incentivo por contratación/ transformación en indefinido |
Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa o por la transformación en indefinidos de contratos temporales. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo par- cial, la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. |
Requisitos |
Las contrataciones objeto de subvención deberán mantenerse durante un mínimo de tres años desde su formalización y suponer, además, en los centros de trabajo radicados en Asturias, un incremento neto del número de trabajadores de la empresa. En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incen- tivos, ver Resolución de 11 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la contra- tación indefinida de personas desempleadas con discapacidad a em- presas radicadas en el Principado de Asturias. |
Cantabria
Contrataciones indefinidas / transformación de contratos en indefinidos |
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Tipos de incentivos |
• Subvención por contratación indefinida o por transformación en indefinido de contratos temporales de fomento del empleo. • Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo por contratación/ transformación indefinido |
1. Subvención de 3.907 euros por cada contrato indefinido y a jorna- da completa celebrado. 2. Subvención de 3.907 euros por cada transformación de contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapaci- dad en contratos indefinidos.
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Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo de los trabajadores con discapacidad contratados indefinidamente o cuyo contrato se haya transformado en indefinido. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Castilla-La Mancha
Contrataciones indefinidas y transformación en indefinidos |
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Tipos de incentivos |
• Subvención por contratación inicial indefinida o por transforma- ciones en indefinidos de (i) contratos temporales de fomento de empleo de personas discapacitadas o (ii) contratos formativos con personas discapacitadas. • Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo a la contratación indefinida / transformación en indefinido |
a) Subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiem- po completo. b) Dicha cuantía se podrá incrementar con una de las siguientes ayu- das adicionales: • 1.300 euros adicionales si la persona contratada es hombre, o • 2.000 euros adicionales si es mujer, siempre que la contratación cumpla una de las siguientes condiciones: sea el primer indefinido que formaliza.
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Requisitos |
En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incenti- vos , ver art. 7 Decreto autonómico 35/2016, de 27 de julio. |
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Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros por contrato para la adaptación del puesto de trabajo. Dicha ayuda también es aplicable a los contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad y en contra- tos formativos de duración determinada, siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses. Otras contrataciones que pueden benefi- ciarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Castilla y León
Contratación indefinida o transformación en indefinidos de contratos temporales |
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Tipos de incentivos |
1. Subvención por contratación indefinida o por transformación en indefinido de contratos temporales. 2. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo por contratación/ transformación indefinido |
Subvención de 3.907 euros por la celebración de contratos de du- ración indefinida o por la transformación en indefinidos de contratos temporales. En el caso de que la contratación se realice a jornada parcial, la sub- vención se reducirá de manera proporcional a la jornada pactada. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo o dota- ción de medios de protección personal de trabajadores con discapa- cidad. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Empleo con apoyo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la financiación de costes laborales y de Seguridad Social que se generen durante el período de desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, derivados de la contratación de los preparadores laborales por las entidades promotoras de empleo con apoyo. |
Incentivo al empleo con apoyo |
El importe de la subvención varía en función del número de trabajado- res y el grado de discapacidad: a) 6.600 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. b) 4.000 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65% c) 2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, o personas sordas y con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33%. |
Incentivo al empleo con apoyo |
El importe de las subvenciones se reducirá proporcionalmente en fun- ción de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad y de su jornada. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Orden EMP/514/2017, de 21 de junio. |
Catalunya
Contratación de trabajadores con discapacidad desempleados y mayores de 45 años |
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Tipo de incentivo |
Subvención por contratación indefinida o temporal de trabajadores con discapacidad mayores de 45 años, que hayan estado inscritos 6 meses en un periodo de 12 meses como demandantes de empleo no ocupadas y que no hayan prestado servicios en ninguna entidad mediante la modalidad de contratación de duración indefinida en los últimos 6 meses. |
Requisitos |
En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver base reguladora 4 de la Orden EMO 311/2015, de 2 de octubre. |
Incentivo por contratación |
i. El importe de la subvención depende del salario bruto anual según convenio, de la jornada y de la duración del contrato ce- lebrado. En el caso de los trabajadores con discapacidad, la sub- vención no puede superar el 75% del coste de la contratación2. ii. Se aplica la tabla 2.2: por la oficina de Trabajo, previa presentación de una oferta de empleo. empleo donde las mujeres están sub-representadas. iii. Se aplica la tabla 2.1: En los restantes casos. |
Contratación de trabajadores con discapacidad desempleados y mayores de 45 años |
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Incentivo por contratación |
Si la duración del contrato es superior a 6 meses e inferior a 12, se cogerá como referencia para el cálculo de la subvención el importe consignado en la columna correspondiente a la contratación de 6 me- ses aplicándolo proporcionalmente. |
Euskadi
Contratación indefinida o transformación en indefinido de contratos temporales de fomento de empleo |
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Tipo de incentivo |
• Subvención por contratación indefinida de trabajadores con disca- pacidad. • Subvención por adaptación de puesto de trabajo. |
Incentivo por contratación |
3.907 euros por cada contrato indefinido o transformación. En caso de contratación a tiempo parcial, dicha subvención se reducirá de ma- nera proporcional a la jornada pactada. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo o do- tación de equipos de protección personal necesarios para evitar acci- dentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. |
Extremadura
Contrataciones indefinidas |
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Tipo de incentivo |
Subvención por contratación indefinida de personas con discapaci- dad desempleadas en empresas ordinarias. |
Incentivo por contratación |
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Transformación de contratos temporales en indefinidos |
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Tipo de incentivo |
1. Subvención por transformación en indefinidos de contratos tem- porales celebrados con personas con discapacidad. |
Incentivo por contratación |
• 4.500 euros en caso de transformación en indefinidos de contratos de trabajadores con discapacidad. • Dicha cuantía se incrementa hasta los 5.000 euros en caso de transformación de contratos de trabajadores con discapacidad que (a) sean mujeres o (b) presenten especiales dificultades para su inserción laboral. • Dichas cuantías se incrementarán en 1.000 euros más cuando el puesto de trabajo subvencionado se transforme en localidades de menos de 5.000 habitantes. • Asimismo, dichas cuantías podrán incrementarse en otros 1.000 euros más cuando se trate de empresas en las que, a fecha de pre- sentación de solicitud, (i) concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o (ii) tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género. |
Requisitos específicos |
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Contratos temporales |
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Tipo de incentivo |
Subvención por contratación temporal en empresas ordinarias de personas con discapacidad desempleadas, con una duración de, al menos, 12 meses. |
Incentivo por contratación |
• 2.000 euros en caso de contratación de trabajadores con discapaci- dad a tiempo completo. • 2.500 euros en caso de contratación de trabajadores con discapa- cidad que (a) sean mujeres o (b) presenten especiales dificultades para su inserción laboral. |
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Incentivo por contratación |
En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial, las cuantías serán minoradas proporcionalmente a dicha jornada. • Dichas cuantías se incrementarán en 1.000 euros cuando el pues- to de trabajo subvencionado se cree en localidades de menos de 5.000 habitantes. • Asimismo, dichas cuantías podrán incrementarse en otros 1.000 euros más cuando se trate de empresas en las que, a fecha de pre- sentación de solicitud, (i) concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o (ii) tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 9 Decreto autonómico 192/2016, de 29 de noviembre. |
Adaptación del puesto de trabajo |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Subvención de 901 euros, destinados a la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de medios de protección personal o para elimi- nar barreras arquitectónicas que dificulten el ejercicio de la actividad laboral, excluyéndose, en todo caso, la adquisición de bienes usados. En caso de que el trabajador discapacitado esté contratado a tiempo parcial, dicha cuantía se reducirá proporcionalmente a la jornada que figure en el contrato de trabajo. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 9 Decreto autonómico 192/2016, de 29 de noviembre. |
Galicia
Incentivos a la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos temporales |
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Tipos de incentivos |
1. Subvención por contratación indefinida de personas con discapa- cidad desempleadas o procedentes de un centro especial de em- pleo, así como por la transformación en indefinido de contratos formativos y de contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad. 2. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo por contratación / transformación indefinido |
f) contrataciones en empresas que tengan hasta 49 trabajadores. • La cuantía máxima que podrá ser concedida a una entidad benefi- ciaria por esta subvención, de aplicarse todos los incentivos anterio- res, será de 13.000 euros. En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 3 y 27 de la Orden autonómica de 5 de junio de 2017. |
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Incentivo por adaptación de puesto |
902 euros para la adaptación de los puestos de trabajo, la dotación de equipos de protección personal o la eliminación de barreras u obs- táculos. |
Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la financiación de costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de los preparadores laborales por las entidades promotoras de empleo con apoyo, que se generen du- rante el período de desarrollo del proyecto de empleo con apoyo para favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral. |
Incentivo al empleo con apoyo |
a) El importe de la subvención varía en función del número de trabaja- dores con especiales dificultades contratados y su grado de disca- pacidad: • 6.600 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. • 4.000 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% e infe- rior al 65% • 2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad físi- ca o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, o personas sordas y con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33%. |
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b) El importe de las subvenciones se reducirá proporcionalmente en función de la duración del contrato de cada trabajador con discapa- cidad y de su jornada. c) Una vez aplicados los criterios anteriores, la cuantía base que co- rresponda en cada caso se incrementará en un 25%, según se den las siguientes circunstancias (acumulables entre sí) en la perso- na preparadora laboral:
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Illes Balears
Contrataciones indefinidas / transformación de contratos temporales en indefinidos |
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Tipos de incentivos |
1. Subvención por contratación indefinida o transformación en in- definidos de contratos temporales de fomento del empleo. 2. Subvención para la adaptación de puesto de trabajo. |
Incentivo por contratación / transformación |
• 3.907 euros por cada contrato de trabajo firmado con personas con discapacidad por tiempo indefinido y a jornada completa.
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Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo y eli- minación de barreras u obstáculos. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Islas Canarias
Contrataciones indefinidas |
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Tipos de incentivos |
1. Subvención por contratación indefinida de trabajadores con dis- capacidad. 2. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Incentivo por contratación indefinida |
1. 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado con carácter indefinido y a jornada completa. 2. Cuando el contrato indefinido se concierte a tiempo parcial, la sub- vención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901,52 euros para la adaptación del puesto de trabajo o do- tación de equipos de protección personal necesarios para evitar acci- dentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. Esta ayuda será también aplicable a las empresas que celebren con- tratos temporales, contratos en prácticas o para la formación, siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses. |
La Rioja
Subvenciones dirigidas a proyectos generadores de empleo estable en centros especiales de empleo |
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Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo II de la Orden autonómica 13/2010, de 6 de septiembre. |
A) inversiones en activos fijos nuevos en un centro especial de empleo |
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Tipo de incentivo |
Subvención por financiación parcial de proyectos de inversión en activos fijos nuevos del Centro Especial de Empleo que tengan via- bilidad técnica, económica y financiera y que, a su vez, supongan ge- neración de empleo estable para trabajadores con discapacidad. |
Incentivo a la inversión en activos fijos |
Por cada puesto de trabajo creado a jornada completa y con carác- ter indefinido para trabajadores con discapacidad: a) 12.000 euros si el Centro Especial de Empleo posee una plantilla compuesta por el 90%, como mínimo, de trabajadores con discapa- cidad respecto del total de su plantilla. b) 9.000 euros si el Centro Especial de Empleo posee una plantilla comprendida entre el 70% e inferior al 90% de trabajadores con discapacidad respecto del total de la plantilla. c) 24.000 euros si concurren, de manera acumulada, las siguientes circunstancias:
En todo caso, la cuantía de la subvención no podrá superar el 90% del coste de la inversión subvencionada. |
B) reducción de intereses de préstamos |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la reducción de los intereses de los préstamos ob- tenidos por los Centros Especiales de Empleo para financiar inver- siones en activo fijo siempre y cuando dichas inversiones supongan la generación de empleo estable para trabajadores con discapacidad. |
Cuantía del incentivo |
Será como máximo de hasta 3 puntos del tipo de interés fijado por la entidad de crédito que conceda el préstamo al solicitante (y que haya suscrito, a tal efecto, convenio con el Gobierno de La Rioja). La cuantía se calculará como si la subvención se devengase cada año de la dura- ción del mismo, incluido el posible período de carencia. En el caso de que el beneficiario haya obtenido la subvención por la inversión en el activo fijo del punto 1 anterior, la suma de ambas subven- ciones no podrá superar el 90% del coste de la inversión citada. |
1. Subvención a la asistencia técnica para la creación de empleo |
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Tipo de incentivo |
Subvención para sufragar parcialmente los gastos en que incurran los Centros Especiales de Empleo con motivo de la contratación de la asis- tencia técnica necesaria para la generación de empleo estable. |
Cuantía del incentivo |
No excederá del 50% del coste de tales servicios y podrá consistir en alguna de las actuaciones siguientes:
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• Subvenciones dirigidas al mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de empleo |
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Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo III de la Orden autonómica 13/2010, de 6 de septiembre. |
1. Costes salariales |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la financiación parcial de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad que prestan servicios en los Centros Especiales de Empleo. Serán costes salariales subvencionables sola- mente los días trabajados y las correspondientes pagas extra. |
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Cuantía del incentivo |
Abono de una cantidad máxima equivalente al 50% del salario mí- nimo interprofesional vigente, o la parte proporcional de este por- centaje si el contrato es a tiempo parcial. En los casos de contrataciones de bajo rendimiento, la subvención corresponderá al 50% del total devengado siempre que no supere el 50% del salario mínimo interprofesional vigente. |
2. Adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas |
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Cuantía del incentivo |
Subvención de hasta 1.800 euros para la adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
3. Saneamiento financiero |
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Tipo de incentivo |
• Subvención para el saneamiento financiero del Centro Especial de Empleo con el fin de lograr su reestructuración para que al- cance niveles de productividad y rentabilidad que garanticen su viabilidad y la estabilidad del empleo de discapacitados. Esta sub- vención sólo se podrá conceder una vez por Entidad. |
Cuantía del incentivo |
Financiación de un porcentaje del saldo negativo del resultado de explotación del año inmediatamente anterior a la solicitud que será:
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4. Equilibrio presupuestario |
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Tipo de incentivo |
Subvención destinada a equilibrar el presupuesto de los Centros Especiales de Empleo con el fin de ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo de personas con discapacidad contratadas en di- chos Centros. Esta subvención sólo se podrá conceder una vez por Entidad. |
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Cuantía del incentivo |
Financiación de un porcentaje del saldo presupuestario negativo del año inmediatamente anterior al de la solicitud que será:
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5. Subvención por la contratación de gerente o expertos técnicos de alta cualificación para la mejora de la competitividad |
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Tipo de incentivo |
• Subvención para dotar a los Centros Especiales de Empleo de una gerencia o apoyo técnico cualificado que garantice su desa- rrollo empresarial. |
Cuantía del incentivo |
• El 100% para el primer año, el 80% para el segundo año y el 70% para el tercer año, de la cantidad fijada en el contrato como sala- rio del gerente o experto técnico. • La ayuda se otorgará de forma plurianual para los tres años siguien– tes a la fecha de la resolución de concesión. |
6. Asistencia técnica |
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Tipo de incentivo |
Subvención destinada a sufragar parcialmente los gastos en que incu- rran los Centros Especiales de Empleo con motivo de la contratación de la asistencia técnica necesaria para el mantenimiento de puestos de trabajo de carácter estable para trabajadores con discapacidad. |
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• Subvenciones dirigidas al mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de empleo |
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Tipo de incentivo |
Esta subvención sólo podrá concederse una vez hayan transcurridos más de 3 años desde la última concesión anterior para el manteni- miento de puestos de trabajo. |
Cuantía de la subvención |
No excederá del 50% del coste de tales servicios y deberá consistir en alguna de las actuaciones siguientes:
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• Subvenciones dirigidas al fomento de empleo de personas con discapacidad en empresas normalizadas acompañadas de un preparador laboral |
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Tipo de incentivo |
Subvención destinada a conseguir el tránsito de trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33% o con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% promovido por Entidades sin áni- mo de lucro que no ostenten la calificación de Centros Especiales de Empleo y que sean promotoras de proyectos de inserción laboral de personas con discapacidad que logren su contratación en empresas del mercado ordinario de trabajo y utilicen para ello los servicios del personal de apoyo, tales como buscador de empleo, preparador laboral, formador o similares. |
Cuantía del incentivo |
(i) Las entidades promotoras de proyectos de inserción laboral de personas con discapacidad que logren su contratación en em- presas del mercado ordinario de trabajo y utilicen para ello los servicios del personal de apoyo, tales como buscador de empleo, preparador laboral, formador, o similares, recibirán una subvención de 3.000 euros por cada contrato de trabajo celebrado por las empresas colaboradoras. (ii) Las empresas y entidades colaboradoras que contraten a tra- bajadores con discapacidad recibirán una subvención equiva- lente al 50% de los costes salariales del trabajador con disca- pacidad durante los 6 primeros meses de contratación, sin que pueda superar los 6.000 euros por contrato considerándose la jor- nada completa. La cuantía máxima citada se reducirá proporcionalmente en función de la jornada trabajada en caso de no ser a tiempo completo. |
Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo IV de la Orden autonómica 13/2010, de 6 de septiembre. |
• Subvenciones dirigidas al fomento de empleo con apoyo como medida de integración laboral |
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Tipo de incentivo |
Subvención del coste de formación y preparación de trabajadores con discapacidad para los Centros Especiales de Empleo que con- sigan el tránsito de trabajadores con discapacidad a entidades del mercado laboral ordinario y sustituyan al trabajador incorporado por otro trabajador con discapacidad. |
Cuantía del incentivo |
El Centro Especial de Empleo que facilite la incorporación en la enti- dad del mercado laboral ordinario de trabajadores con discapacidadobtendrá el 100% del coste de formación y preparación de otro trabajador con discapacidad que deberá ocupar el puesto que queda vacante, siempre que se justifique la necesidad de formar a otro traba- jador para desempeñar la labor que venía realizando éste. Esta subvención no podrá superar los 3.000 euros por trabajador incorporado y convenientemente sustituido. |
Requisitos |
En cuanto al resto requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo V de la Orden autonómica 13/2010, de 6 de septiembre. |
Comunidad de Madrid
Contrataciones indefinidas / transformación en indefinido |
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Tipos de incentivos |
1. Subvención por contratación indefinida o por transformación en indefinido de contratos temporales. 2. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 4 de la Orden autonómica 345/2009, de 13 de febrero. |
Incentivo por contratación/ transformación indefinido |
3.907 euros por la contratación indefinida o por la transformación de un contrato temporal a tiempo completo. Cuando el contrato se ce- lebre a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 901 euros para la adaptación del puesto de trabajo, eliminación de barreras y obstáculos, o dotación de medios de protección perso- nal. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Contratación estable de jóvenes con discapacidad |
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Tipo de incentivo |
Subvención por contratación indefinida en el mercado ordinario de trabajo de jóvenes en edad laboral, menores de 30 años, con un gra- do de discapacidad igual o superior al 33%, con residencia en la Co- munidad de Madrid, que ni estudien ni trabajen, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en situación de beneficiario y que no hubieran sido destinatarios de estos incentivos con anterio- ridad. |
Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver art. 5 del Acuerdo autonómico de 9 de agosto de 2016, del Consejo de Gobierno. |
Incentivo por contratación |
a) Ayuda de 5.800 euros por cada joven con discapacidad contrata- do con carácter indefinido, siempre que se celebre a jornada com- pleta y que la duración del contrato sea de al menos 12 meses. |
Región de Murcia
Programa 1. “Integración laboral de personas con discapacidad en cee”. |
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Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, Título I de la Orden autonómica de 8 de junio de 2016. |
Subprograma 1.1 “Creación de empleo estable en cee”.Este subprograma comprende las siguientes modalidades: |
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Limitaciones a al disfrute de los incentivos |
Los CEE podrán solicitar una o varias subvenciones de las previstas en el Subprograma 1 “Creación de empleo estable en CEE”, pero en ningún caso la suma de éstas podrá superar, por cada puesto de trabajo creado, la cantidad de: • 12.000 euros, si la plantilla del CEE está compuesta en más de un 90% por trabajadores con discapacidad. Dicha cantidad se aumen- tará a 18.000 euros cuando la entidad promotora sea una entidad sin ánimo de lucro y las personas con discapacidad contratadas pre- senten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo. • 9.000 euros, si el número de personas con discapacidad contrata- das por el CEE está comprendido entre el 70 y el 90% del total de la plantilla. Si la contratación se realizara a tiempo parcial, la cuantía máxima de la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada laboral rea- lizada. Los CEE deberán acreditar unos incrementos netos en su plantilla del número de personas con discapacidad contratados con carácter esta- ble, sobre la plantilla de referencia, equivalente al número de puestos de trabajo de nueva creación por los que se solicita subvención. |
A) modalidad de asistencia técnica |
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Tipo de incentivo |
Subvención destinada a la realización de acciones que coadyuven a la creación de puestos de trabajo de carácter estable para trabaja- dores con discapacidad en CEE, siempre que no sean exigidas para la obtención de autorizaciones administrativas o cuando una disposición legal así lo exija. |
Cuantía del incentivo |
La cuantía máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 eu- ros. La asistencia técnica podrá consistir en:
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B) modalidad de inversión en activos fijos |
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Tipo de incentivo |
Financiación parcial de proyectos de inversión en activos fijos nue- vos del Centro Especial de Empleo que tengan viabilidad técnica, eco- nómica y financiera y que, a su vez, supongan generación de empleo estable para trabajadores con discapacidad. Se admite la inversión en activos fijos usados, tanto en el supuesto de adquisición de inmuebles como en el de maquinaria, siempre que esta última fuere adquirida a empresas que tengan esta actividad como ob- jeto social y así lo refleje el correspondiente epígrafe del IAE, y su valor unitario no fuere inferior a 6.000 euros, excluido el IVA, cuando fuere recuperable. |
Cuantía del incentivo |
Las ayudas estarán destinadas a financiar directamente, con los lími- tes máximos anteriormente indicados con carácter general, hasta los siguientes porcentajes de la inversión realizada: a) El 100% en el caso de CEE sin ánimo de lucro. b) El 70% para el resto de CEE. |
C) modalidad de subvención parcial de intereses de préstamos que se obtengan de entidades de crédito y que se destinen |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la reducción de los intereses de los préstamos con- cedidos por entidades de crédito destinados al pago de la inversión subvencionable. |
Cuantía del incentivo |
• La subvención en ningún caso podrá superar el límite de 3 puntos porcentuales del interés del crédito contratado, expresado éste en términos de tasa anual equivalente. • El importe de la subvención financiera no podrá superar la cuantía de 3.000 euros, por puesto de trabajo estable creado en el año corriente para trabajadores con discapacidad. • El plazo máximo subvencionable de amortización del préstamo será de 12 años, pudiendo incluir 2 años de carencia de amortización del principal. |
Subprograma 1.2 “Mantenimiento de puestos de trabajo”. Este subprograma comprende las siguientes modalidades: |
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A) modalidad de subvención de costes salariales |
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Tipo de incentivo |
Financiación parcial de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad que prestan servicios en los Centros Especiales de Empleo. |
Cuantía del incentivo |
La cuantía de la subvención será la correspondiente al 50% del im- porte del salario mínimo interprofesional vigente. Dicha subven- ción se concederá por cada contrato de trabajo que mantenga el CEE efectuado a personas con discapacidad, cuando el trabajador haya permanecido el mes completo de alta en el mismo o, en otro caso, proporcionalmente. En el caso de los contratos pactados en jornada a tiempo parcial, la subvención se reducirá, en proporción a la jornada efectivamente rea- lizada. |
B) modalidad de eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo |
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Cuantía del incentivo |
Hasta 1.800 euros para la adaptación del puesto de trabajo o dota- ción de equipos de protección personal necesarios para evitar acci- dentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
C) modalidad de subvención para saneamiento financiero |
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Tipo de incentivo |
Saneamiento financiero del Centro Especial de Empleo, sin ánimo de lucro y que tenga declarada la condición de utilidad pública e im- prescindibilidad, con el fin de consolidar los puestos de trabajo ocu- pados por personas con discapacidad. La subvención únicamente se puede conceder por una sola vez en la vida del centro. |
Incentivo |
3.000 euros por trabajador con discapacidad y, como máximo, de 60.000 euros por CEE. |
D) modalidad de subvención al equilibrio presupuestario |
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Tipo de incentivo |
Subvención destinada a equilibrar el presupuesto de los Centros Especiales de Empleo con el fin de ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo de personas con discapacidad contratadas en di- chos Centros. |
Cuantía del incentivo |
Subvención de hasta 30.000 euros. |
E) modalidad de asistencia técnica al mantenimiento de empleo |
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Tipo de incentivo |
Subvención destinada a la realización de estudios de viabilidad, auditorías, informes económicos, estudios para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas, y aseso- ramiento destinado al mantenimiento de los puestos de trabajo para personas con discapacidad en CEE |
Cuantía del incentivo |
Mediante este subprograma podrá subvencionarse hasta el 50% del coste de la asistencia técnica realizada. La subvención para esta mo- dalidad no podrá exceder de 2.500 euros por CEE. |
Programa 2. “Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad”. Este programa comprende los siguientes subprogramas: |
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Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, Título I de la Orden autonómica de 8 de junio de 2016. |
Programa 2. “Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad”. Este programa comprende los siguientes subprogramas: |
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A. Subprograma “empleo con apoyo” |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la financiación de determinados gastos incurridos por entidades sin ánimo de lucro, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia, cuyo objeto social esté relacionado con la atención a personas con discapacidad intelectual, con parálisis cere- bral, con enfermedad mental o sensorial y tengan suscrito un Conve- nio de Colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación. |
Gastos subvencionables |
• Gastos directos de personal: Costes laborales, incluidas la parte proporcional de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguri- dad Social y por un tiempo de intervención de hasta doce mensua- lidades, del personal técnico contratado, directamente relacionado con las acciones previstas en este subprograma y con la titulación e idoneidad suficientes. • Otros costes, para lo que podrá imputarse un máximo de un 10% de los costes directos de personal técnico. En estos costes po- drán incluirse gastos del personal de apoyo administrativo, gastos de desplazamientos de los técnicos, gastos de difusión y publicidad, otros gastos generales tales como teléfono, envíos postales y sumi- nistro y cualquier otro gasto estrictamente necesario y relacionado con la actividad a desarrollar. |
B. Subprograma “gabinetes de orientación e inserción laboral de personas con discapacidad” |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la financiación de acciones basadas en técnicas de búsqueda de empleo, de orientación laboral y de prospección en el mercado de trabajo desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia, cuyo objeto social esté relacionado con la atención a personas con discapacidad intelectual, con parálisis cerebral, con enfermedad mental o sensorial y tengan suscrito un Convenio de Colaboración con el Servicio Re- gional de Empleo y Formación en materia de empleo. |
Gastos subvencionables |
3. Gastos directos de personal. Serán subvencionables los costes laborales, incluidas la parte proporcional de pagas extraordina- rias y las cotizaciones a la Seguridad Social y por un tiempo de intervención de hasta doce mensualidades, del personal técnico contratado, directamente relacionado con las acciones previstas en este subprograma y con la titulación e idoneidad suficientes. |
Programa 2. “Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad”. Este programa comprende los siguientes subprogramas: |
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Gastos subvencionables |
4. Otros costes, para lo que podrá imputarse un máximo de un 10% de los costes directos de personal técnico. En estos cos- tes podrán incluirse gastos del personal de apoyo administrativo, gastos de desplazamientos de los técnicos, gastos de difusión y publicidad, otros gastos generales tales como teléfono, envíos postales y suministro y cualquier otro gasto estrictamente necesa- rio y relacionado con la actividad a desarrollar. |
Programa 3. “Integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.” |
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Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, Título I de la Orden autonómica de 8 de junio de 2016. |
Tipo de incentivo |
Incentivo complementario a la contratación temporal de personas con discapacidad que se encuentren desempleadas e inscritas en al- guna de las Oficinas de Empleo del SEF. La duración de los contratos temporales no podrá ser inferior a 12 me- ses. |
Cuantía del incentivo |
• Con carácter general, subvención de hasta 2.400 euros. • Si el trabajador contratado proviene de los subprogramas 2.1, “Em- pleo con Apoyo”, o 2.2, “Gabinetes de Orientación e Inserción La- boral”, de hasta 3.400 euros. En los casos de jornada parcial, las cuantías anteriores se reducirán proporcionalmente al porcentaje de la jornada pactado. |
Navarra
Contrataciones indefinidas o transformación en indefinidos de contratos temporales |
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Tipos de incentivos |
1. Subvención por contratación indefinida o transformación en in- definidos de (i) contratos temporales de fomento de empleo cele- brados con personas con discapacidad o (ii) contratos formativos suscritos con trabajadores con discapacidad. 2. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
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Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver artículo 4 de la Resolución autonómica 795/2013, de 16 de mayo. |
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Incentivo por contratación |
En el caso de que la contratación se realice a tiempo parcial o a tra- vés de contratos fijos discontinuos, el importe de las subvenciones se reducirá proporcionalmente en función al tiempo de trabajo efectivo. Dichos incentivos también son de aplicación a la contratación indefi- nida por la empresa colaboradora de trabajadores con discapacidad procedentes de enclaves laborales. |
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Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 1.800 euros por adaptación del puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectóni- cas. Otras contrataciones que pueden beneficiarse de esta ayuda se encuentran reguladas por la normativa estatal. |
Contratación en prácticas de jóvenes desempleados |
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Tipo de incentivo |
Subvención para el fomento de la contratación en prácticas de jóve- nes con discapacidad desempleados inscritos en el fichero del Siste- ma Nacional de Garantía Juvenil mediante la modalidad de contra- tación en prácticas. |
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Requisitos |
Los contratos en prácticas deben cumplir los siguientes requisitos:
En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incen- tivos, ver artículo 2 de la Resolución autonómica 1496/2017, de 23 de mayo. |
Incentivo por contratación |
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Empleo con apoyo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo |
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Tipo de incentivo |
Subvención para la financiación de costes laborales y de Seguridad Social que se generen durante el período de desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, derivados de la contratación de los prepara- dores laborales por las entidades promotoras de empleo con apoyo. |
Requisitos |
En cuanto al resto de requisitos para ser beneficiario de estos incen- tivos, ver art. Anexo I de la Resolución Autonómica 1558/2008, de 13 de mayo. |
Cuantía del incentivo |
vii. Subvención de 6.600 euros anuales por cada trabajador con pa- rálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad inte- lectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. viii. Subvención de 4.000 euros anuales por cada trabajador con pa- rálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad inte- lectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65% ix. Subvención de 2.500 euros anuales por cada trabajador con dis- capacidad física o sensorial con un grado de discapacidad recono- cido igual o superior al 65%, o personas sordas y con discapacidad auditiva reconocida igual o superior al 33%. El importe de las subvenciones se reducirá proporcionalmente en fun- ción de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad y de su jornada. |
Comunitat Valenciana
Mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de empleo |
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Tipos de incentivos |
• Subvención del coste salarial de personas con diversidad funcio- nal ocupados en Centros Especiales de Empleo • Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo I de la Orden Autonómica 6/2016. |
Cuantía de la subvención del coste salarial |
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Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 1.803 euros para la adaptación del puesto de trabajo y elimina- ción de barreras u obstáculos. |
Proyectos de inserción a través de centros especiales de empleo |
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Tipo de incentivo |
Subvención por contratación indefinida de personas con diversidad funcional que, tras seguir un itinerario de inserción en las dependen- cias de un Centro Especial de Empleo, son contratados por empresas ordinarias. |
Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo II de la Orden Autonómica 6/2016. |
Incentivo por contratación |
• 3.000 euros por cada trabajador que sea contratado por la em- presa ordinaria por tiempo indefinido y a jornada completa al finalizar el itinerario de inserción. Debe acreditarse el gasto corres- pondiente a dicho importe mediante gastos salariales de personal de apoyo relacionados con la puesta en marcha del itinerario de inserción. |
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Incentivo por contratación |
• En el caso de contrataciones a tiempo parcial, la cuantía de la sub– vención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. |
Contratación por empresas ordinarias de personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales |
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Tipos de incentivos |
• Subvención por contratación indefinida de personas con diversi- dad funcional/discapacidad, que presente especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedente de un enclave laboral. • Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. |
Requisitos |
En cuanto a los requisitos para ser beneficiario de estos incentivos, ver Capítulo I de la Orden Autonómica 6/2016. |
Incentivo por contratación |
• 7.814 euros por cada trabajador que sea contratado por la empresa ordinaria por tiempo indefinido y a jornada completa. • En el caso de contrataciones a tiempo parcial, la cuantía de la sub– vención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. |
Incentivo por adaptación de puesto |
Hasta 902 euros para la adaptación del puesto de trabajo y elimina- ción de barreras u obstáculos. |
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