En los últimos años se han ido aprobando diferentes medidas para proteger y ayudar a familias con necesidades especiales, como las familias numerosas, familias monoparentales y las que tienes hijos con discapacidad.

Aqui os explico las mas relevantes:

DOS SEMANAS ADICIONALES DE BAJA MATERNAL:

La baja maternal de 16 semanas se amplia dos semanas en caso de tener un hijo con discapacidad

La prestación no contributiva de maternidad  se incrementa en 14 días naturales cuando la madre o el hijo estén afectados de discapacidad en un grado igual o superior al 65%.

MAYOR CUANTÍA EN LA PRESTACIÓN POR PARTO MÚLTIPLE:

Cuando se tienen dos o más hijos a la vez, los padres pueden pedir una prestación por parto múltiple, que es un pago único que depende del salario mínimo interprofesional (SMI) del año en el que se produce la adopción o el nacimiento múltiple y del número de bebés que llegan a la vez (por 2 hijos el SMI se multiplica por 4, por 3 hijos el SMI se multiplica por 8 y por 4 o más hijos el SMI se multiplica por 12).

Si uno de los hijos nacidos o adoptados esté afectado por una discapacidad igual o superior al 33%, computará el doble . Es decir, si nacen dos niños y uno tiene discapacidad, computan tres hijos.

En enero de 2019 han entrado en vigor varios cambios económicos qeyu afectan a las familias, entre ellos la subida del  salario mínimo interprofesional de 24,53 euros/día o 735,9 euros/mes, a 30 euros/día o  900 euros mensuales por 14 pagas , lo que supone un aumento del 22,3% respecto al SMI de 2018.

 

 

 

PRESTACIÓN POR HIJO A CARGO:

Existe una prestación anual por hijo a cargo que en los casos de discapacidad no tiene en cuenta los ingresos. Se concede cuando hay un menor a cargo menor de 18 años afectado de una discapacidad del 33% o mayor de 18 años afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65 %. Los requisitos a tener en cuenta son:

  • En los menores de 18 años acreditar que el grado de discapacidad sea igual o superior al 33 %.

  • En los mayores de 18 acreditar que el grado de discapacidad es igual o superior al 65%.

En enero de 2019, a la espera de que se aprueben los Presupuestos Generales del Estado para este año, la prestación por hijo con discapacidad a cargo es de:

  • 1.000 euros (250 euros/trimestre) cuando el hijo o menor a cargo tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33% .

  • 4.704,00 euros anuales por hijo (392,00 euros mensuales) cuando el hijo a cargo sea mayor de 18 años y esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65% .

  • 7.056,00 euros anuales por hijo (588,00 euros mensuales) cuando el hijo a cargo sea mayor de 18 años y esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 75% y necesite ayuda de tercera persona para realizar los actos más esenciales de la vida.Puedes consultar la información actualizada en este enlace de la Seguridad social sobre la prestación por hijo a cargo 

Esta asignación es incompatible con la condición, por parte del hijo, de pensionista de invalidez o jubilación en la modalidad no contributiva. En ese caso, deberá optar entre una u otra. La prestación se solicita en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social  INSS.

DEDUCCIÓN POR DESCENDIENTE CON DISCAPACIDAD:

Las personas que tienen a su cargo un descendiente con discapacidad pueden deducirse hasta 1.200 euros en la Declaración de la Renta o cobrarlos anticipadamente a razón de 100 euros/mes.

Es la misma deducción o cobro anticipado que pueden pedir las familias numerosas. Existe también una deducción por cónyuge con discapacidad que no supere unos ingresos de 8.000 euros al año, excluidas las rentas exentas.

OTRAS DEDUCCIONES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA:

Además de las cuantías que procedan por el mínimo familiar por descendientes, cuando estos tienen discapacidad se restan también:

  • 3.000 € anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad, cualquiera que sea su edad.

  • 9.000 € anuales por cada uno de ellos que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65%.  Este mínimo puede aumentar en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 € anuales por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Algunas comunidades autónomas tienen deducciones específicas por discapacidad. En este enlace de la web de Hacienda puedes consultar  las deducciones sobre la cuota autonómica del IRPF en materia de discapacidad

BECAS PARA NIÑOS CON NECESIDADES ESPECIALES:

Todos los años, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca ayudas para los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta. 

REDUCCION DE JORNADA UNA VEZ SUPERADA LA EDAD DE 12 AÑOS:

Cuando se tiene un hijo con discapacidad, se puede pedir reduccion de jornada para cuidarle aunque sea mayor de 12 años.

CON UN HIJO CON DISCAPACIDAD SE ES FAMILIA NUMEROSA AUNQUE SE TENGAN DOS HIJOS

Para establecer la categoría de familia numerosa, el hijo con discapacidad con grado igual o superior al 33% cuenta como dos. Por lo tanto, si la familia tiene dos hijos será familia numerosa y tendrá los beneficios de ser familia numerosa. Uno de estos beneficios es unadeduccion de la renta por ser familia numerosa de hasta 1.200 euros para familias numerosas de categoría general y 2.400 para familias de categoría especial, que desde agosto de 2018 se ha ampliado en 600 por cada hijo que supere el número mínimo de hijos para pertenecer a una categoría u otra.

REDUCCION DE JORNADA POR ENFERMEDAD GRAVE O CRONICA DEL HIJO:

Cuando ambos padres trabajan y el niño sufre una enfermedad grave o crónica que precisa ingreso hospitalario de larga duración o cuidados directos y permanentes, uno de los padres puede pedir una reducción de jornada que debe ser como mínimo de la mitad.

En este caso la Seguridad Social compensa los ingresos que se pierden al reducir la jornada. 

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