Hay perros que hacen cosas increibles por los humanos. Los perros de asistencia y los perros de terapia son un ejemplo. La diferencia entre ambos es la siguiente:

Perros de asistencia: son aquellos que han sido adiestrados para ayudar a las personas con discapacidad fisica o intelectual en el desarrollo de las labores propias de la vida cotidiana.

Perros de terapia: son aquellos que participan en una terapia y sirven como facilitadores de la misma. Es decir que funcionan como elemento de apoyo para que el terapeuta que conduce la sesion (psicologo, psiquiatra, fisioterapeuta, etc.) logre mejores resultados con su paciente.

Una vez un perro ha sido seleccionado para trabajar como perro de asistencia o de terapia, se inicia un entrenamiento especifico.

Los profesionales del adiestramiento encargados de entrenar a estos perros logran ensenarles habilidades muy variadas y curiosas.

En el caso de los perros de asistencia, algunas de estas habilidades podrian ser:

  • Abrir cajones

  • Agarrar, recuperar y llevar objetos a su propietario (hay que pensar que muchas veces estos propietarios tienen la movilidad muy reducida)

  • Ayudar a quitarse un jersey o pantalones estirando de la prenda de ropa

  • Encender y apagar interruptores de la luz

En general, los perros de asistencia tienen que saber hacer todo aquello que puede ayudar a que sus propietarios se desenvuelvan con normalidad en su dia a dia.

Estos perros ayudan a mejorar la vida de muchas personas mediante el desarrollo de tareas concretas, pero no solo eso.

El vínculo emocional que se crea entre estos perros y sus propietarios, o los usuarios de sus terapias, aumenta la sensación de bienestar de estas personas.

Por todo ello, es imprescindible preservar la funcion de estos perros y apoyar su participacion en programas de terapia y/o asistencia a personas con dificultades fisicas o emocionales.

La Federación de Asociación para la Atención e Integración de Personas con Discapacidad Física en Extremadura (Apamex), ha participado en el desarrollo de una normativa pionera en la comunidad, que mejorará la vida de estos animales y de los usuarios a los que prestan apoyo.

 

La nueva orden, todavía en fase de borrador, reconocerá por primera vez en la región la figura de los perros de asistencia, su control y su acreditación. Así como los requisitos que deben cumplir también los centros de adiestramiento y la capacitación de las personas adiestradoras.

Se pondrán en marcha, además, dos registros oficiales: uno en el que se incluirán todos los perros de asistencia que hay en la comunidad y otro con los centros de adiestramiento.

La normativa además de acreditar oficialmente a los perros de asistencia, que deberán llevar un distintivo oficial en su arnés o collar y contar con un carnet vinculado al dueño que requiere de ese apoyo animal, también regula los derechos y obligaciones que tienen estos animales.

De esta forma, la nueva normativa extremeña recoge que los perros de asistencia podrán acceder a determinados espacios como:

  • Locales de espectáculos y actividades recreativas.

  • Lugares de esparcimiento al aire libre (playas y piscinas naturales, parques, jardines…).

  • Centros de enseñanza, sanitarios (con algunas limitaciones) 

  • Hogares de mayores.

  • Clubes religiosos.

  • Oficinas.

  • Instalaciones deportivas.

  • Grandes almacenes abiertos al público general.

  • Transportes colectivos, taxis…

Siempre que los usuarios cumplan también sus obligaciones: mantener al animal en correctas condiciones de higiene y salud, utilizarlo para las funciones para las que ha sido adiestrado y tener en orden la documentación, entre otros.

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