Es la concesión del reconocimiento de la condición de persona con discapacidad a personas discapacitadas. Depende del grado reconocido se divide en tres bloques:

Reconocimiento de discapacidad de menos de un 33%

Si la discapacidad reconocida es inferior al 33% no tendrías derecho a ningún tipo de beneficio.

Reconocimiento de discapacidad del 33% al 64%

Si te reconocen un grado de discapacidad del 33 al 64%, tienes que saber que tienes derecho a una serie de beneficios.

  1. Fiscales: El mínimo personal y familiar en la declaración de la renta aumentará en la cantidad 3000€ adicionales. También hay beneficios en el impuesto de sucesiones y donaciones. También en el impuesto de transmisiones patrimoniales (a la hora de comprar una vivienda, hipoteca, etc…).

  2. Sociales: Tendrás derecho a becas universitarias, descuentos en el transporte y muchos otros beneficios que ofrecen tanto empresas públicas como privadas.

  3. Laborales: A nivel de oposiciones existen un mínimo de plazas garantizadas para personas con discapacidad y en todos los contratos laborales el empresario tiene una bonificación cuando contrata a una persona con discapacidad. Por lo tanto, tendrías una ventaja frente a aquellas personas que no tengan el grado de discapacidad reconocido.

Reconocimiento de discapacidad del 65% o superior 

Si te reconocen un grado de discapacidad del 65% o superior tendrás derecho a lo indicado anteriormente y otros beneficios, como Poor ejemplo

  1. El mínimo personal y familiar aumentará en 9000€ adicionales, en lugar de los 3000€ del caso anterior.

  2. Reconocimiento automático de discapacidad en el caso de Incapacidad Permanente

  3. Todas las personas que tengan reconocida un grado de Incapacidad Permanente automáticamente tienen el grado de discapacidad del 33%.

Baremo de movilidad

El baremo de movilidad es una situación que se determina en la resolución de discapacidad. Se debe hacer constar si se supera o no se supera el baremo de movilidad.

Si se supera, se tendrán los siguientes derechos:

  1. Tarjeta especial de aparcamiento para el coche.

  2. Plaza de aparcamiento cercana al domicilio (en función del Ayuntamiento).

  3. IVA reducido en la compra de coche.


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